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Cómo conseguir patrocinadores para una carrera

Un patrocinador no te está regalando nada: te está comprando algo. Tanto, que si recibe publicidad a cambio, ya no lo puede deducir como donativo. Así que no lo pidas como un favor: véndelo como lo que es, un espacio frente a tus corredores, con precio, lo que recibe a cambio y factura.

Si buscas patrocinadores para tu carrera, en corto:

  1. Haz la lista de lo que puedes vender. El nombre de la carrera, la playera, el arco, el kit, un premio.
  2. Arma tres niveles con precio. Cada uno con lo que recibe, por escrito.
  3. Empieza por los negocios de tu zona. Luego, las marcas que reciben solicitudes en su página.
  4. Manda una propuesta de una página con una carta corta. Con la fecha límite de tu imprenta.
  5. Firma, factura y repórtale. Con las fotos de su logo en su lugar y los totales de tu carrera.

PUBLICA GRATIS, tus carreras y rutas.

Nosotros nos encargamos de toda la administración, y de vender más lugares.

Nota: Esta es una guía de orientación con la ley vigente, verificada en sus textos oficiales. La parte fiscal depende de tu régimen: confírmala con tu contador antes de firmar, y el contrato, con un abogado.

Lo que un patrocinador te compra

A una marca le interesa llegarle a tus corredores. Según Statista, citado por Merca2.0, 74% de quienes corren o trotan en México son de la generación Z o millennials, 40% vive en hogares de ingresos altos y 70% dice que quiere hacer más por su salud. Lo que le vendes son formas de estar frente a ellos:

Qué ofrecesUn ejemploOjo
El nombre de la carreraEl Medio Maratón Internacional Guadalajara Electrolit 2026, “nutrido por Granvita, presentado por Skarch y vestido por adidas”.Es lo más caro que tienes, y el nombre se queda en todo lo impreso. Ponlo en el contrato, con el permiso por escrito para usar su marca.
Tu playera, tu número y tu medallaEn FitnessRun 2018, los cuatro niveles llevaban logo en la playera y solo el más alto iba en la medalla.Cada color de más en la playera cuesta: cuéntalos con todos los logos. En el número, alrededor y nunca encima.
El arco de meta, las lonas y las vallasGuevara Sports, en Guadalajara, ofrece arco, back (la lona de fondo para fotos) y vallas, y aclara que las lonas, inflables y carpas los lleva cada marca.Si los imprimes tú, súmalos a tu costo.
Producto en el kitEl Maratón Powerade Monterrey 2026 promete una bolsa de goodies con productos de los patrocinadores.Que llegue a tiempo para armar los kits, y en la cantidad exacta.
Un espacio en la entrega de kits o en la metaFitnessRun ofrecía 3 × 3 metros en la entrega de kits y 6 × 3 metros el día de la carrera.Define los metros, el horario y si lleva luz.
Los puntos de hidrataciónLa Carrera CMIC del Día del Ingeniero, en Yucatán, deja que su patrocinador Oro vista con su imagen los puntos de hidratación.Si la marca pone la bebida, esa línea de tu presupuesto queda en cero.
Un premio con su nombreEn la página de tu carrera se lee así (ejemplo): “Mochila técnica 30L · por Marca”.Es texto, sin logo ni enlace, y va en la lista de premios: en el podio sale el premio sin la marca.
Inscripciones o kits de cortesíaLa Carrera CMIC da 5 kits al patrocinador Oro, y 3 kits y 5 boletos de cortesía al Plata.Cuéntalas dentro de tu cupo.
La exclusividad en su giroEl formulario de patrocinios de Electrolit pregunta si tu evento tiene otro patrocinador de bebidas.Si la vendes, protégela en el contrato.

Cómo armar tus paquetes, y cuánto cobrarle

Las carpetas que usan niveles, como la de FitnessRun (cuatro) o la de la Carrera CMIC (tres), los ordenan de más a menos visible; otras, como Guevara Sports, Baja Epic o Elite Cyclery, dan una sola lista. La de FitnessRun, una carrera de 5 y 3 km en el Bosque de Chapultepec que esperaba 2,000 corredores en 2018, lo hacía así (lo principal de sus 18 renglones):

NivelQué incluíaLo que pedía
PlatinoSu nombre dentro del nombre de la carrera, su logo en la medalla y en el lugar más destacado de la playera, en el arco de salida y meta, muestras en el kit, menciones del locutor y espacio en la entrega de kits y el día de la carrera.625 mil pesos
OroSu logo en el lugar más destacado de la playera y en el arco, muestras en el kit, menciones del locutor y espacio en la entrega de kits y el día de la carrera.475 mil pesos
PlataSu logo en la playera y en el arco, muestras en el kit, menciones del locutor y espacio en la entrega de kits y el día de la carrera.350 mil pesos
BronceSu logo en la playera y espacio en la entrega de kits y el día de la carrera.175 mil pesos

No lo tomes como tabla de precios: esos montos son de 2018, no sabemos si vendió esos paquetes y su oferta incluía un boletín a 25 mil corredores. Fue la única carpeta mexicana con precios públicos que encontramos.

Para una carrera chica bastan tres niveles: uno principal, uno de apoyo y uno para quien pone producto en vez de dinero. Cada uno con lo que recibe por escrito y medido: dónde va el logo y de qué tamaño.

Cuánto cobrarle a un patrocinador: empieza por tus números

No encontramos precios de referencia públicos recientes, pero puedes sacar cuánto necesitas. Y el efectivo es lo que sostiene la carrera: Elite Cyclery Events, de Cancún, lo prefiere porque con él “podemos pagar todas las necesidades básicas de las competencias”, y también acepta premios, paquetes de competidor, mantas o hidratación en especie.

  1. Saca lo que te falta. En nuestro cotizador de costos pon tus costos y el precio que quieres cobrar: si te dice que pierdes, esa cifra es lo mínimo que tienes que juntar en patrocinios en efectivo. El punto de equilibrio lo explicamos en nuestra guía de cuánto cobrar.
  2. Súmale lo que te cuesta cumplirles. Lonas, colores de más en la playera, el espacio de cada stand.
  3. Repártelo entre tus niveles. El principal lleva la parte más grande, como en la carpeta de FitnessRun.
  4. Si una marca pone un insumo para todos, deja esa línea en cero. Si pone la hidratación o las medallas, verás cuánto baja tu precio mínimo.
  5. El efectivo que ya tengas va en su propia línea. Ponlo en Patrocinios en efectivo y verás cuánto baja tu precio mínimo; si lo cubre todo, el cotizador te dice que la puedes hacer gratis.

Con nosotros, una inscripción de pago no puede costar menos de $100, más el cargo por servicio si no lo absorbes. Si con el patrocinio tu precio mínimo queda por debajo, cobra $100 y lo que sobra te queda; hazla gratis solo si el patrocinio cubre todos tus costos.

Patrocinadores deportivos: a quién pedírselo y las empresas que dicen cómo

Empieza cerca. El negocio que vive de tus corredores es el primero que entiende lo que le ofreces: la tienda deportiva, el gimnasio, la clínica de fisioterapia, la cafetería de la salida, la agencia de autos o la sucursal bancaria de la zona. Llévale la propuesta en persona o mándasela por WhatsApp a quien decide, el dueño o el gerente.

En el Maratón de la Ciudad de México 2026, según Merca2.0, se juntan “telecomunicaciones, servicios financieros, hidratación, tecnología, automóviles, gimnasios, suplementos y productos de consumo”; en el trail, marcas de montaña como Salomon y La Sportiva le han dado nombre al Ultra-Trail de México. A una marca grande, escríbele por el canal que ella misma publica. Estas dicen en su página cómo pedirles, o que no:

EmpresaQué dice
Under Armour MéxicoPide las solicitudes con seis meses o más de anticipación (con menos, su formulario dice que no aplican, salvo excepciones muy puntuales), en un formulario que pregunta si necesitas efectivo, producto o ambos.
ElectrolitSu formulario de patrocinios pide el nombre, la fecha y el lugar del evento, y pregunta cuántos participantes esperas, si tienes otro patrocinador de bebidas y si hay arco de meta.
Red Bull MéxicoPide llenar su formulario de contacto “con todos los detalles” de tu evento.
BBVA MéxicoNo da formulario, pero dice con qué evalúa: el desarrollo de la marca, las oportunidades de negocio y la reputación.
TelcelSu página de eventos enumera lo que ya patrocina, pero no dice cómo pedirle.
Nike MéxicoNo acepta solicitudes de patrocinio que no haya pedido.
FEMSAPatrocina solo eventos de temas financieros, industriales, de sostenibilidad social y ambiental, y de salud (el deporte no aparece), según una página de 2019; sus donativos van solo a instituciones que puedan dar recibo deducible, y no en años consecutivos.

¿Una cervecera? Sí puede patrocinar deporte, con reglas: las vemos más abajo.

Pídelo con tiempo. Tu límite real es la imprenta: el logo tiene que estar listo antes de mandar a hacer la playera.

La propuesta: una página que se lee en dos minutos

A quien decide le llegan muchas. La tuya tiene que decir, en una página:

  • Qué es tu carrera: nombre, fecha, lugar, distancias y cuántos corredores esperas.
  • Quién corre: cuántos se inscribieron el año pasado, cuántos se presentaron y, si usas categorías, cuántos hay en cada una. Si es tu primera edición, pon lo que sí tienes y dilo así: los inscritos de tu carrera anterior, los socios de tu club o tus seguidores.
  • Qué le ofreces por nivel, con lo que cuesta cada uno.
  • La fecha límite: cuándo necesitas su logo para mandar a imprimir la playera.
  • Cómo le vas a reportar: qué números y qué fotos le mandas después.
  • Tu contacto, y el enlace a la página de tu carrera, o a tu perfil de organizador si todavía no la publicas.

Solo lo que puedas comprobar, porque el patrocinador lo va a revisar en tu reporte. Baja Epic, una carrera de ciclismo de montaña en Ensenada, vende su audiencia con cifras: más de 500 corredores de más de 20 países, 1.5 millones de vistas en redes y 25 mil seguidores. Un dato nacional, como el de Statista, sirve de contexto si dices de dónde sale; los de tu carrera tienen que ser tuyos, y los tienes que poder enseñar.

Carta de patrocinio: un ejemplo para pedirlo

Tu solicitud de patrocinio, corta, personal y con una sola petición. Cambia lo que está entre corchetes:

Ejemplo para copiar

Asunto: [nombre de la carrera]: [número] corredores en [lugar] el [fecha]. Propuesta para [marca]

Hola, [nombre de la persona]:

Soy [tu nombre], [tu cargo] de [tu club u organización], y organizamos [nombre de la carrera], una carrera de [distancias] en [lugar] el [fecha]. Esperamos [número] corredores; el año pasado se inscribieron [número] y se presentaron [número]. [Si es tu primera edición: Es nuestra primera edición; en las salidas de nuestro club corren [número] personas.]

Te escribo porque [por qué su marca encaja con tus corredores, por ejemplo: “tus clientes corren” o “abriste sucursal en la zona”]. Te propongo ser patrocinador [nivel] de la carrera: [lo principal que recibe, en una línea, por ejemplo: “tu logo en la playera y en el arco de meta, un espacio en la entrega de kits y el premio del primer lugar a tu nombre”]. A cambio te pedimos [monto] o [producto en especie].

Te adjunto la propuesta completa, en una página. Para que tu logo salga en la playera, necesitamos cerrar antes del [fecha límite].

¿Tienes 15 minutos esta semana para platicarlo?

[Tu nombre] · [tu cargo], [tu club u organización] · [teléfono] · [enlace a la página de tu carrera o, si aún no la publicas, a tu perfil de organizador]

El enlace de tu carrera lo copias con Compartir, en Actividades, cuando ya está publicada: un borrador no tiene página pública. Si le escribes a una empresa grande o a alguien que no conoces, cámbiala a usted: “Estimada [nombre]:”, “Le escribo porque…”, “¿Tiene 15 minutos esta semana?”.

Si no te contestan en una semana, manda un solo recordatorio. Y si te dicen que no, pregunta qué necesitarían para el próximo año: así sabes qué preparar.

Qué debe decir el contrato de patrocinio

Ni el Código Civil Federal ni el Código de Comercio regulan el contrato de patrocinio: se rige por las reglas generales de los contratos, por lo que ustedes pacten y, en lo que no pactaron, por las del contrato más parecido. Cada estado tiene su propio código civil, y esos no los revisamos. Tampoco piden un formato ni que conste por escrito, y firmarlo por medios electrónicos cuenta como escrito si se puede atribuir a quienes firman y consultar después. Pero ponlo por escrito, en papel o firmado en línea: sin un documento es mucho más difícil probar lo que prometiste y lo que te prometieron. Lo que conviene que diga:

  • Quiénes firman, con su RFC, y quién le factura a quién.
  • Qué entregas tú, medido: en qué lugar de la playera va el logo y de qué tamaño, cuántas menciones, cuántos metros de espacio.
  • Qué da la marca: el monto y las fechas de pago, o los productos, con cantidad, fecha de entrega y su valor.
  • Qué pasa si alguien no cumple: si la marca no paga o no entrega a tiempo, o si su logo no sale como lo pactaron.
  • La exclusividad: en qué giro (que no entre otra marca de bebidas, por ejemplo), y cómo la proteges. La convocatoria del Maratón de la Ciudad de México prohíbe “cualquier tipo de actividad promocional” en la expo, la ruta y la recuperación.
  • Los permisos de marca, por escrito: la marca te autoriza a poner su logo en tus materiales, y tú la autorizas a usar el nombre de tu carrera en su publicidad.
  • Quién responde por su espacio: si su carpa, su inflable o su activación lastima a alguien, quién paga, y si la marca trae su propio seguro de responsabilidad civil (lo explicamos en nuestra guía del seguro).
  • Qué pasa si la carrera cambia de fecha o se cancela: si devuelves lo cobrado, en qué proporción, y qué pasa si la causa no depende de ti, por ejemplo, si no te dan el permiso.
  • Cómo se factura, incluido el patrocinio en especie (lo vemos abajo).
  • Que la marca no recibe los datos de tus corredores, y qué fotos puede usar.
  • Las cortesías: cuántas inscripciones o kits, y si cuentan dentro de tu cupo. En el Medio Maratón de Guadalajara 2026 el cupo creció de 22,500 a 23,000 lugares para cumplir con patrocinadores nuevos: lo que le prometes a una marca puede terminar moviendo tu cupo.
  • La vigencia, y si tiene preferencia para renovar.

Revísalo con un abogado antes de firmar, sobre todo si hay exclusividad o nombre de la carrera.

Cómo se cobra y se factura

Para la ley, dejar que una marca se exhiba en tu carrera es prestar un servicio. La del IVA llama servicio a cualquier obligación de hacer o de permitir, se llame como se llame el contrato, y exhibir una marca encaja ahí:

Artículo 14.- Para los efectos de esta Ley se considera prestación de servicios independientes: I.- La prestación de obligaciones de hacer que realice una persona a favor de otra, cualquiera que sea el acto que le dé origen y el nombre o clasificación que a dicho acto le den otras leyes. […] VI.- Toda otra obligación de dar, de no hacer o de permitir, asumida por una persona en beneficio de otra, siempre que no esté considerada por esta Ley como enajenación o uso o goce temporal de bienes.

Ley del IVA, artículo 14, fracciones I y VI

Y lo grava al 16%. En los municipios de la región fronteriza norte, como Tijuana, Mexicali o Ensenada, un estímulo fiscal da un crédito equivalente a la mitad de esa tasa por los servicios que se prestan ahí, y está vigente hasta el 31 de diciembre de 2026; la frontera sur tiene su propio decreto. Si organizas ahí, pregúntale a tu contador si te aplica. Lo que sigue depende de tu régimen; son los puntos que conviene llevarle:

  1. Le facturas con IVA. Quien presta el servicio expide el comprobante, y la marca debe pedírtelo: sin él no puede deducir lo que te paga. Para deducirlo, además, si pasa de $2,000 tiene que pagarte por transferencia desde una cuenta a su nombre, cheque nominativo o tarjeta; si te paga en producto, esa regla no aplica, pero la factura sí. Y el IVA se paga por lo que cobras, aunque te paguen en producto.
  2. No es un donativo. Si la marca recibe algo a cambio, publicidad incluida, ya no es un donativo que pueda deducir: te está comprando un servicio. Así lo dice el reglamento de la ley del ISR para los donativos a donatarias:

    Artículo 130. Para efectos de los artículos 27, fracción I y 151, fracción III de la Ley, así como 36, segundo párrafo, 128 y 134 de este Reglamento, se consideran onerosos o remunerativos y, por ende no deducibles, los donativos otorgados a alguna organización civil o fideicomiso autorizados para recibir donativos deducibles, para tener acceso o participar en eventos de cualquier índole, así como los que den derecho a recibir algún bien, servicio o beneficio que éstos presten u otorguen. Asimismo, no constituye un donativo y, por ende, no es deducible, la prestación gratuita de servicios a alguna organización civil o fideicomiso autorizados para recibir donativos deducibles.

    Reglamento de la Ley del ISR, artículo 130
    Un donativo deducible tiene que ir a quien la ley autoriza, como una donataria autorizada (una organización que puede dar recibos deducibles) de la lista del SAT de ese año, sin nada a cambio y con un tope. Si tu carrera es a beneficio de una causa, llamarle “donativo” a la inscripción no la vuelve deducible: el mismo artículo dice que no lo es lo que se da “para tener acceso o participar en eventos de cualquier índole”. Y no le des a la marca un recibo de donativo por su patrocinio. Si tu organización es donataria autorizada, lo que te paga a cambio de publicidad es un servicio y se factura con IVA (el recibo de donativo es para lo que se da sin nada a cambio, y tiene que citar el oficio de tu autorización), y puede contar para tu tope de 10% de ingresos ajenos a tus fines: confírmalo con tu contador. Si no es donataria, expedir un comprobante de donativo es una infracción.
  3. En especie son dos facturas. Si la marca te da agua, medallas o playeras a cambio de su logo, tú le facturas la publicidad y ella te factura el producto, cada una con su IVA a valor de mercado, y una se paga con la otra (el SAT le llama compensación). Así lo explica su guía de llenado, que es un criterio y no una ley:

    28. ¿Las facturas se pueden pagar con bienes o servicios? No, no existe en el catálogo la forma de pago en especie o servicios, derivado de que la persona que pretende pagar con bienes está realizando la enajenación de un bien, por lo tanto, debe emitir un CFDI de ingresos por ese bien que está enajenando, por otra parte, si la persona que pretende pagar lo realiza con la prestación de un servicio, debe emitir un CFDI por dicho servicio. Tanto en el caso de la enajenación de bienes, como en la prestación de servicios se considera que el cliente y el proveedor son el mismo contribuyente, por lo tanto, se puede aplicar la forma de pago “17” (Compensación). Fundamento legal: Artículo 14 del Código Fiscal de la Federación.

    SAT, Anexo 20, Guía de llenado de los CFDI (versión 4.0), pregunta 28
    Lo que recibes en producto también cuenta como ingreso para el ISR: la ley lo dice para las personas morales que tributan como empresa y para las personas físicas. Si tu asociación no paga ISR, confírmalo con tu contador.
  4. Si eres persona física en el RESICO, te van a pagar un poco menos. Es el Régimen Simplificado de Confianza, y tu constancia de situación fiscal dice si estás en él. Si la marca es una persona moral, te retiene 1.25% de ISR como pago a cuenta de tu impuesto y te da el comprobante.
  5. La factura tiene que amparar algo que de verdad pasó. Un comprobante que no ampara una operación real se considera falso: guarda el contrato, la foto de cada logo en su lugar y el reporte que le mandaste (la ley no dice qué prueba basta).

Si tu carrera la organiza una asociación civil

Ser A.C. no te exime de impuestos. Desde 2014, las asociaciones civiles con fines deportivos tributan como empresas, salvo las asociaciones deportivas reconocidas por la CONADE que sean miembros del Sistema Nacional del Deporte, que aun así pagan ISR por lo que les vendan a terceros si pasa del 5% de sus ingresos. Y el SAT considera práctica indebida que una asociación deportiva no pague ISR por sus “contratos de patrocinio”. Es un criterio del SAT y no una ley, pero te dice qué va a revisar.

Lo que no puedes darle ni prometerle a un patrocinador

La lista de tus corredores

Si una marca te la pide, no se la puedes dar así nada más. El nombre o el correo de un corredor son datos personales, y pasárselos a la marca para que los use ella es una transferencia. (Si solo los trata por tu cuenta, sin quedárselos, es encargada y no hay transferencia, pero esa finalidad igual tiene que estar en el aviso de privacidad.) Para transferirlos, el aviso tiene que decirlo y la persona aceptarlo:

Artículo 35. Cuando el responsable pretenda transferir los datos personales a terceros nacionales o extranjeros, distintos de la persona encargada deberá comunicar a éstos el aviso de privacidad y las finalidades a las que la persona titular sujetó su tratamiento. El tratamiento de los datos se hará conforme a lo convenido en el aviso de privacidad, el cual contendrá una cláusula en la que se indique si la persona titular acepta o no la transferencia de sus datos, de igual manera, el tercero receptor, asumirá las mismas obligaciones que correspondan al responsable que transfirió los datos.

LFPDPPP (2025), artículo 35

Si el aviso no lo preveía, hay que pedir el consentimiento de nuevo; ninguna de las excepciones de la ley cubre la publicidad de un tercero, y hacerlo sin base es una infracción. Con la información médica, peor: es un dato sensible que exige consentimiento expreso y por escrito.

Con nosotros, los datos de tus corredores se rigen por nuestro Aviso de Privacidad, que no contempla entregarlos a una marca ni usarlos para su publicidad. Por lo mismo, los avisos que les mandas desde nuestro panel son para informarles de tu carrera: no le vendas a la marca un aviso con su promoción.

Dale al patrocinador totales, no la lista: cuántos se inscribieron, cuántos se presentaron, en qué categorías. Y si la marca quiere los datos de quien le interese, que los pida en su espacio, con su propio aviso de privacidad.

Las fotos de tus corredores para su publicidad

Una foto que identifica a alguien también es un dato personal. Publicar las fotos de tu carrera con la autorización que tus corredores dan en la carta responsiva, como en el ejemplo de nuestra guía de la convocatoria, no es lo mismo que dárselas a una marca para su publicidad. En la Ciudad de México, una ley local dice que difundir o comercializar la imagen de una persona sin su consentimiento expreso es un acto ilícito, con excepciones como los acontecimientos de interés público o la imagen que sale solo de fondo en la información de un suceso público, y que usarla con fines publicitarios obliga a reparar el daño. Para la publicidad de una marca, pide aparte el consentimiento expreso de cada persona que se reconozca.

Si lees que la Ley Federal del Derecho de Autor protege “el retrato de una persona”: ese era el texto de 1996. Desde el 15 de mayo de 2026, su artículo 87 protege la imagen de artistas intérpretes o ejecutantes, no la de un corredor.

Anunciar a quien no ha firmado

Desde el 4 de abril de 2026 es infracción hacer creer, sin fundamento, que una marca patrocina oficialmente un evento de concentración masiva (la ley no dice desde cuántas personas):

Artículo 386.- Son infracciones administrativas: […] II.- Efectuar, en el ejercicio de actividades industriales o mercantiles, actos que causen o induzcan al público a confusión, error o engaño, por hacer creer o suponer infundadamente: a) La existencia de una relación o asociación entre un establecimiento y el de una tercera persona; […] e) La existencia de una relación de patrocinio oficial entre un signo distintivo y un evento público o privado de concentración masiva.

Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, artículo 386, fracción II, incisos a) y e)

Y la publicidad de tu carrera tiene que ser veraz y comprobable: pon solo a los que ya firmaron, como decimos en la guía de la convocatoria. El mismo inciso sirve contra la marca que se anuncia como patrocinadora oficial de tu carrera sin serlo.

Cerveza sí, con reglas; tabaco no

La ley no prohíbe que una cerveza patrocine tu carrera. Prohíbe que su publicidad asocie el alcohol con el deporte, y el reglamento de publicidad deja patrocinar deporte a las marcas de bebidas de contenido alcohólico bajo, con condiciones:

ARTÍCULO 31. Cuando en el patrocinio se utilice la marca, logotipo o imagen de identificación de alguno de los productos a que se refiere este Título, se deberá cumplir con las disposiciones que para la publicidad de bebidas alcohólicas o tabaco, según sea el caso, se establecen en la Ley y en este Reglamento, y no se deberá incurrir en alguno de los siguientes supuestos: I. Incluir en el mensaje imperativos, imágenes, sonidos, expresiones o lemas publicitarios que se asocien con la publicidad del producto; II. Relacionar al producto con el deportista, artista o evento a patrocinar; III. Promover el consumo del producto; IV. Incluir imágenes de bebidas alcohólicas o tabaco o sus envases o empaques en los mensajes de los eventos a patrocinar; V. Patrocinar eventos relacionados con actividades practicadas preponderantemente por menores, y VI. Difundir testimonios o intervenciones relacionados con el consumo de los productos por parte de atletas, celebridades o figuras públicas de reconocido prestigio. En el patrocinio a que se refiere el presente artículo se deberá incluir la frase: “Patrocinado por…” seguida de la marca, identificación corporativa o razón social del anunciante, excepto cuando aparezcan en las camisetas en los términos de la fracción X del artículo 34 de este Reglamento. […] Las empresas productoras o distribuidoras de bebidas de contenido alcohólico bajo podrán patrocinar actividades deportivas y eventos creativos, y las de bebidas de contenido alcohólico medio y alto, únicamente eventos creativos.

Reglamento de la LGS en Materia de Publicidad, artículo 31

Contenido alcohólico bajo es de 2% a 6% de alcohol en volumen: una bebida de más de 6% ya no puede patrocinar deporte. Si es de ese tipo, esto es lo que te toca revisar:

  • Su logo en la playera, solo en la espalda y en no más de la sexta parte de esa superficie.
  • La frase “Patrocinado por…” en lonas, carteles y avisos (en la playera no hace falta), sin imágenes de la bebida ni de sus envases, y sin invitar a tomar.
  • Sin tus corredores en sus anuncios: su publicidad no puede usar a deportistas ni a personas con ropa deportiva (artículo 34, fracción IX), ni a menores de 25 años (Ley General de Salud, artículo 308). No le prometas fotos de la carrera para su campaña.
  • Sin relacionar la bebida con tu carrera ni testimonios de atletas, y con la leyenda de salud en lonas, carteles y convocatoria: pídele a la marca el diseño que le aprobaron.
  • Nunca en una carrera infantil, ni en una de actividades practicadas sobre todo por menores.
  • El permiso de publicidad ante la Secretaría de Salud lo tramita la marca (así lo dice el reglamento): pídele que te lo enseñe antes de imprimir.
  • Y en la meta, ni una cerveza a un menor: está prohibido y se equipara a un delito.

El tabaco, en cambio, no puede patrocinar de ninguna forma:

Artículo 23. Queda prohibido realizar toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de difusión o comunicación que pretenda posicionar los elementos de la marca de éstos, que fomente la compra, el consumo o preferencia por parte de la población.

Ley General para el Control del Tabaco, artículo 23

Y la publicidad de vapeadores y cigarrillos electrónicos está prohibida desde enero de 2026.

Cumplirle: antes, durante y el reporte

Un patrocinador quiere saber si le funcionó. En una encuesta de IEG a 100 responsables de patrocinio, hecha a finales de 2017, el servicio del organizador que más valoraban era que les ayudara a evaluar si el patrocinio cumplió sus metas: la mitad le dio 9 o 10 de 10, y 46% calificó igual de alto los reportes de lo que se les entregó. Antes y durante la carrera:

  • Revisa cada logo en su lugar, como lo firmaste, y tómale foto.
  • Mete sus muestras en los kits antes de la entrega.
  • Deja listo su espacio a la hora pactada.
  • Cuida que el locutor la mencione las veces pactadas.

Y en la semana siguiente, el reporte:

  • Cuántos se inscribieron, cuántos se presentaron y cuántos kits entregaste: en nuestro panel están en Participantes de tu carrera (Inscritos, Con check-in y Kit entregado). Copia esos totales: el CSV que exportas de ahí trae el nombre y el correo de cada corredor, y ese no se lo mandas.
  • Cuántos se inscribieron en cada categoría, si usas categorías por edad: están en 🎯 Categorías. Cuenta inscritos, no a quienes corrieron, y deja en “Sin categoría” a quien no capturó su fecha de nacimiento y su sexo en la app.
  • Las fotos de cada logo en su lugar y de su espacio, sin que se reconozca a nadie.
  • Lo que publicaste en redes, con capturas de pantalla.
  • La calificación de tu carrera en nuestra página (la ⭐ junto a su nombre), que solo pueden dar desde nuestra app quienes tienen su check-in registrado.
  • El enlace a la página de tu carrera, que sigue en línea con sus premios y los ganadores que registres.

De tus corredores, dale solo totales: nunca la lista ni sus datos.

Tu carrera con nosotros

Los patrocinios los consigues tú. Lo demás lo administramos nosotros: las inscripciones, los cobros y los avisos a tus corredores, para que tu tiempo se vaya en vender. Y además:

  • Premios con el nombre de tu patrocinador: en 🏆 Premios de tu carrera anotas quién pone cada premio, y en su página, en la web y en nuestra app, sale junto al premio, como texto. El asistente no lo pide y al clonar una carrera no se copia: captúralo ahí (en Actividades, dentro de «Más») cuando la carrera ya exista, y solo de marcas que ya firmaron. Lo guarda un Administrador de tu organización, no un Colaborador.
  • Tu convocatoria en PDF, con los logos de tus patrocinadores: al crear o editar tu carrera, súbela en «Reglamento o convocatoria» (hasta 10 MB) y en la página queda el enlace «Ver el reglamento completo». No tenemos un espacio para logos en la página, así que ese es su lugar.
  • Una tienda para vender artículos con la marca de tu patrocinador, con su autorización por escrito: desde $50 cada uno, se cobran en línea con tu cuenta de Mercado Pago o Stripe conectada y siguen a la venta después de la carrera.
  • Los números de tu reporte, por carrera: inscritos, con check-in y kits entregados en 👥 Participantes, las tallas en 🎒 Kit y los inscritos de cada categoría en 🎯 Categorías. Si publicaste cada distancia aparte, súmalas.
  • Nuestro directorio de proveedores, para buscar quién te hace las playeras, las medallas o las lonas. No los verificamos ni cobramos por aparecer.
  • La página de tu carrera, que sigue en línea después del evento, con sus premios y los ganadores que registres.
Publicar es gratis

Publica tu carrera, vende más inscripciones y deja la administración en nuestras manos

Nosotros nos encargamos de las inscripciones, los cobros y los avisos a tus corredores, y tú le dedicas ese tiempo a tus patrocinadores. Solo cobramos comisión si vendes.

  • Inscripciones, cobros y avisos a cargo de nuestro equipo
  • Tu carrera en nuestro catálogo por estado y en nuestra app
  • Premios con el nombre de tu patrocinador en la página de tu carrera
Publica GRATIS tus rutas y carreras

Sin contrato y sin mensualidad. La comisión aparece solo cuando vendes, una inscripción o un artículo de tu tienda, y por omisión la paga quien compra.

Lo que no pudimos confirmar

  1. Una tesis del Poder Judicial sobre el patrocinio publicitario. Es la del registro 163851: no pudimos leerla en la fuente oficial, así que no la usamos.
  2. Las bebidas “sin alcohol” con marca de cerveza. No encontramos una norma ni un criterio que diga si siguen las reglas de patrocinio del alcohol.
  3. Qué es un evento de “concentración masiva”. La ley de propiedad industrial no lo define.
  4. Si una empresa debe retenerte IVA. Cuando le facturas como persona física, depende de tu actividad, y no lo verificamos.
  5. Los códigos civiles de cada estado. Tampoco las leyes de la propia imagen fuera de la Ciudad de México: no los revisamos.
  6. Precios recientes de paquetes en México. La única carpeta mexicana con precios públicos que encontramos es de 2018.
  7. Si el estímulo de la región fronteriza aplica a un patrocinio. Depende de dónde se presta el servicio, y no lo verificamos.
  8. Si el logo de una cerveza puede ir en el número o en otra prenda. El reglamento solo permite la espalda de la playera, y no habla del número.
  9. Si una carrera cuenta como acontecimiento de interés público para la ley de la propia imagen de la Ciudad de México.

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